El 1 de Enero de 2024 entrarán en vigor los requisitos de presentación de información sobre la titularidad real en virtud de la Ley de Transparencia Empresarial (CTA, por sus siglas en inglés).
La CTA, una ley bipartidista promulgada por el Congreso el 1 de enero de 2021, tiene como objetivo impulsar la transparencia empresarial y luchar contra actividades ilícitas como el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo, la corrupción, el fraude fiscal y otras dentro de Estados Unidos.
Más recientemente, el 30 de septiembre de 2022, se promulgaron las normas definitivas de la CTA, que obligan a determinadas entidades a revelar su información sobre beneficiarios reales a la Red de Lucha contra los Delitos Financieros (FinCEN) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, abordando los delitos financieros mencionados anteriormente.
Este artículo profundizará en los aspectos clave de los requisitos de notificación de información sobre titularidad real de la CTA, abarcando quién debe notificar, la información que debe notificarse, las exenciones de notificación, las definiciones pertinentes, el tratamiento de los fideicomisos, las fechas de entrada en vigor de las obligaciones, las sanciones por incumplimiento y otras consideraciones pertinentes.
Quién debe informar?
En virtud de la LTC, las entidades obligadas a notificar su información sobre titularidad real se identifican como sociedades obligadas a informar. Éstas abarcan cualquier sociedad nacional, sociedad de responsabilidad limitada (SRL) y entidades similares constituidas mediante la presentación de documentos ante el Secretario de Estado o una oficina similar en virtud de las leyes estatales o de tribus indígenas.
Las sociedades extranjeras, LLC o entidades similares que se registran para realizar negocios en Estados Unidos mediante la presentación de documentos ante el Secretario de Estado o una oficina similar también pueden entrar en la clasificación de empresas declarantes.
Existen 23 exenciones para las empresas incluidas en la definición de empresa declarante, principalmente porque ya están sujetas a una elevada supervisión reglamentaria y es probable que revelen esta información al Gobierno. Algunos ejemplos de estas entidades exentas son los bancos, las cooperativas de crédito, las compañías de seguros, las sociedades de inversión registradas y los agentes de valores registrados.
Una exención importante es la categoría de “gran empresa operativa”, que se aplica a las entidades con más de 20 empleados a tiempo completo, más de 5.000.000 de dólares de ingresos brutos y presencia física en Estados Unidos, junto con sus filiales exentas.
Qué debe declararse?
Para las Empresas Informantes creadas antes del 1 de enero de 2024, sus informes deberán detallar información sobre la Empresa Informante y sus beneficiarios efectivos.
Para las Empresas Informantes creadas a partir del 1 de enero de 2024, sus informes deben cubrir información sobre la Empresa Informante, sus beneficiarios efectivos y los solicitantes de la empresa.
La información esperada en relación con las empresas declarantes incluye nombres legales completos, cualquier nombre comercial o “haciendo negocios como” (d / b / a) nombres, direcciones actuales, jurisdicción de formación, y EIN (o un identificador único extranjero similar para las entidades extranjeras sin un EIN EE.UU.).
Las empresas declarantes deben revelar los nombres completos, fechas de nacimiento, direcciones, números de identificación únicos (por ejemplo, números de la Seguridad Social, números de carné de conducir, números de pasaporte) y una fotografía del documento que contiene el número de identificación único de sus beneficiarios efectivos.
Para evitar la circulación de esta información privada, los particulares y las empresas pueden obtener un identificador FinCEN, un número de identificación único emitido por FinCEN. El beneficiario efectivo o la empresa solicitante puede facilitar el identificador FinCEN de la persona física en lugar de la información antes mencionada, que la empresa declarante incluirá en su declaración.
Definiciones pertinentes:
A. Beneficiarios efectivos: Las personas físicas que ejercen directa o indirectamente un control sustancial sobre la empresa declarante o que poseen o controlan al menos el 25 por ciento de los intereses de propiedad entran dentro de esta definición. Las participaciones en la propiedad pueden ser capital social, acciones, derechos de voto, participaciones en el capital o en los beneficios, instrumentos convertibles, opciones o cualquier otro instrumento, contrato u otro mecanismo utilizado para establecer la propiedad.
No hay límite para el número de beneficiarios efectivos, y los hijos, acreedores o empleados no cumplen los requisitos.
B. Control sustancial: La LTC define el control sustancial de varias maneras, entre las que se incluyen ocupar un cargo directivo, tener autoridad sobre los nombramientos de altos cargos o el consejo de administración, influir en decisiones importantes o ejercer otras formas de control sustancial.
C. Solicitantes de sociedades: Estas personas presentan directamente los documentos de constitución o registro ante el Secretario de Estado o dirigen/controlan dichas presentaciones. La Ley de Sociedades Anónimas limita el número de solicitantes de sociedades a dos personas.
Tratamiento de los fideicomisos (Trusts):
La LTC reconoce el papel de los fideicomisos en la planificación financiera y patrimonial. Aunque la mayoría de los fideicomisos no se crean mediante la presentación de una solicitud ante el Secretario de Estado y, por tanto, no están sujetos a notificación, las empresas declarantes deben identificar y notificar toda persona física que ejerza un control sustancial a través de un fideicomiso y que reúna los requisitos para ser considerado beneficiario efectivo.
La Ley establece directrices para determinar la titularidad real a través de fideicomisos, teniendo en cuenta a los fideicomitentes, los fideicomisarios y los beneficiarios. Una persona física con autoridad para disponer de los activos de un fideicomiso se considerará beneficiario efectivo, sujeto a un análisis caso por caso basado en los detalles específicos del fideicomiso.
Fechas de entrada en vigor de las obligaciones:
La información sobre la titularidad real se presentará al FinCEN a través de una interfaz en línea y se almacenará a través del “Sistema Seguro de Titularidad Real (BOSS)”. Esta información no será de acceso público y sólo se compartirá con los organismos encargados de hacer cumplir la ley bajo estrictos protocolos.
Las empresas declarantes constituidas o registradas antes del 1 de enero de 2024 deberán presentar la información sobre titularidad real a FinCEN a más tardar el 1 de enero de 2025.
Las empresas declarantes constituidas o registradas a partir del 1 de enero de 2024 deberán presentar la información sobre la titularidad real a la FinCEN en un plazo de 30 días a partir de su constitución o registro.
La FinCEN ha propuesto ampliar el plazo de 30 días a 90 días para las entidades constituidas o registradas por primera vez para hacer negocios en Estados Unidos durante el año natural 2024, pendiente de aprobación en el momento de redactar este artículo.
Sanciones por incumplimiento:
Para garantizar el cumplimiento, las personas que faciliten intencionadamente información falsa o fraudulenta o no presenten un informe inicial o actualizado completo a la FinCEN pueden enfrentarse a sanciones. Estas sanciones pueden ascender a una multa de 500 dólares diarios, hasta un máximo de 10.000 dólares, y a penas de prisión de hasta dos años.
La divulgación o utilización no autorizada de información sobre beneficiarios reales conlleva sanciones de 500 dólares al día, hasta un máximo de 250.000 dólares, y penas de prisión de hasta cinco años para las personas que divulguen o utilicen a sabiendas esta información sin la debida autorización. Una disposición permite evitar las sanciones corrigiendo rápidamente cualquier inexactitud en un plazo de 90 días a partir del momento en que se tenga conocimiento de ella.
Conclusión:
Aunque el FinCEN aún no ha publicado el sistema BOSS ni la aplicación del identificador, las normas de información sobre titularidad real de la CTA entrarán en vigor el 1 de enero de 2024. Las partes interesadas de las empresas, inversores, gerentes, directivos, representantes legales, entre otros, deben familiarizarse con esta norma inminente para evitar posibles sanciones y repercusiones legales.
Recomendamos ampliamente que se asesoren para determinar de que forma deben de cumplir con este nuevo mandato de Ley. Estamos a sus ordenes para evaluar si es algo que les aplica y la forma en como se debe de cumplir siempre en tiempo y forma.
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